¿Los modernos avances neurocientíficos entrañan algún riesgo de afectación a derechos fundamentales como la intimidad o la integridad física o moral? ¿Existen técnicas neurocientíficas aplicables hoyal campo del Derecho? ¿En qué cambia la mirada neurocientífica nuestra manera de comprender y configurar la Etica y el Derecho?
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